Más personas físicas con actividades empresariales pueden quedar exentas de mandar su contabilidad electrónica mensual, pues el plazo para notificar a la autoridad fiscal del uso de la herramienta Mis Cuentas y la posibilidad de quedar exentas de esta obligación, se amplió hasta fin de año, según se establece en la tercera resolución de modificaciones a la resolución de la miscelánea fiscal 2016.
José Alberto Valverde Corno, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 1 del Colegio de Contadores Públicos de México, recordó que aunque todos los contribuyentes están obligados a llevar su contabilidad electrónica; en esta obligación las personas físicas con actividades empresariales podían quedar exentas de mandar su contabilidad mensual si utilizaban la herramienta de creación de comprobantes electrónicos del Sistema de Administración Tributaria (SAT), llamada Mis Cuentas, esto mediante algunas reglas de la autoridad fiscal, entre las cuales se incluía que el contribuyente que así lo deseara diera aviso a la autoridad a más tardar el 31 de abril pasado